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  • NECESITA ESPAÑA IMPLANTAR LA CADENA PERPETUA.

    Publicado por José Luis encendido 21 de marzo de 2026 a las 17:38

    ME EXPLICO:

    España sigue siendo uno de los países más seguros de Europa y del mundo en cuanto a los delitos graves contra las personas, pero algunos indicadores de criminalidad muestran tendencias muy preocupantes. Así lo refleja el último informe del Observatorio Demográfico del CEU-CEFAS, titulado ‘Demografía de la delincuencia en España’, que analiza la evolución reciente de la delincuencia en nuestro país por tipo de delito, segmentos demográficos (sexo, edad y nacionalidad) y zonas geográficas.

    El estudio concluye que la tasa de homicidios sigue siendo muy baja (0,6–0,7 por cada 100.000 habitantes), gracias, en buena medida, a la rápida intervención policial y sanitaria, ya que las tentativas de asesinato se han duplicado en los últimos años. La pena por homicidio o asesinato en España (de 10 a 25 años) resulta desproporcionadamente leve si se compara con el daño causado, en especial en la parte baja de la horquilla.

    En asesinatos por “violencia de género”, España es el país de Europa Occidental con menor incidencia. Las tasas de homicidios de este tipo de los extranjeros, y en concreto de los africanos, seguidos de los americanos y europeos, son muy superiores a las de los españoles. También incluye el informe datos de hombres asesinados por sus parejas o exparejas sentimentales (66 en total en España entre 2014 y 2023).

    Otro fenómeno que inquieta es el enorme aumento de las agresiones sexuales con penetración, que han pasado de 2.143 en 2019 a 5.206 en 2024. Pese a ello, España continúa muy por debajo de las tasas de violaciones de países como Suecia o Francia. Cataluña, Baleares, País Vasco y Navarra encabezan las tasas por 100.000 habitantes de este tipo de delitos. La propensión a cometer delitos sexuales de los inmigrantes es muy superior a la de los españoles, como evidencian las tasas de condenados por 100.000 hombres en cualquier franja de edad.

    El perfil del delincuente: joven, varón y, en muchos casos, extranjero

    El informe confirma un patrón constante: la delincuencia violenta es mayoritariamente masculina y joven. Más del 90 % de los homicidios y robos son cometidos por hombres, y la propensión a delinquir disminuye drásticamente con la edad. Asimismo, los extranjeros presentan tasas de criminalidad mucho más altas que los españoles, especialmente en los delitos más graves contra las personas (homicidios, violaciones, robos…), y sobre todo los africanos y los iberoamericanos. En 2024, el 31% de la población reclusa era de nacionalidad extranjera (sin contar inmigrantes nacionalizados o de segunda generación), más del doble que su peso en la población de 20 a 69 años, con una fuerte sobrerrepresentación de magrebíes, y de iberoamericanos.

    El estudio insiste en que la inmensa mayoría de los inmigrantes no delinquen -lo mismo que la inmensa mayoría de los hombres, pese a que se les precriminalice a todos con el término “violencia de género”, o de la inmensa mayoría de los jóvenes-, pero alerta de la “criminalidad importada”, en delitos violentos y contra la propiedad, yihadismo, bandas latinas o redes de tráfico de drogas.

    La okupación de vivienda, un grave delito “subcastigado”, mucho más común por parte de extranjeros y en Cataluña

    El informe dedica un apartado a la usurpación de viviendas, que califica de “grave problema social” por la “lenidad con que es tratada por las autoridades”. Entre 2010 y 2024 se registraron casi 170.000 casos de okupación, aunque en menos de la mitad hubo detenciones. En 2023, el 51,8% de los detenidos e investigados por okupación eran extranjeros, lo que implicaría una tasa de detenidos por este delito por 100.000 personas de 18 a 69 años de 6,1 veces la de los españoles. Cataluña lidera de muy lejos estas cifras, con una tasa que es 3,6 veces la del resto de España.

    El yihadismo y las bandas latinas, dos graves tipos de criminalidad importada

    El informe analiza, de forma sucinta, el terrorismo yihadista, un tipo de delincuencia particularmente peligroso, ligado a la inmigración musulmana (muy mayoritariamente marroquí), y las bandas latinas (ligadas a la inmigración hispana joven de primera y segunda generación), con especial presencia en Madrid.

    Robos en descenso y aumento en otro tipo de delitos

    En el lado positivo, los robos y hurtos han disminuido entre 2019 y 2025 (–26 % en robos en domicilios y –10 % en hurtos). El robo es un delito casi exclusivamente masculino y de jóvenes y personas de mediana edad -mucho menos en el hurto-, con sobrerrepresentación de extranjeros entre los ladrones, y en particular de africanos, y con mucha más incidencia en Cataluña. En sentido contrario, crecen los delitos de lesiones (+53 %), el tráfico de drogas (+31 %) y, sobre todo, la cibercriminalidad (+120 %), superándose ya las 400.000 estafas informáticas anuales.

    España ante el reto demográfico y migratorio

    Por el envejecimiento de su población, la delincuencia en España debería tender a bajar. En sentido contrario, el aumento de población inmigrante —3,8 millones de personas netas en la última década— habría influido en el incremento de ciertos delitos. En este sentido, el estudio señala la seguridad ciudadana como otra razón de peso para ordenar los flujos migratorios en España y Europa; y apela al aumento de los medios policiales y judiciales, y a endurecer las penas para los delitos en auge, con el fin de preservar los bajos niveles de criminalidad general que todavía caracterizan a España.

    Debido a que tenemos una Ley demasiado LAXA.: laxitud de las leyes se refiere a la falta de rigor, firmeza o severidad en la aplicación de las normas jurídicas, a menudo interpretada como una negligencia por parte de las autoridades judiciales o legislativas. Este fenómeno puede generar impunidad, corrupción, abuso de poder y una sensación de inseguridad al no aplicarse las leyes con la firmeza esperada, lo que a veces se describe como una «laxitud moral» o institucional.

    Aspectos clave de la laxitud legal:

    • Laxitud Interpretativa y Abuso de Poder: Se observa cuando los poderes públicos actúan con interpretaciones flexibles, abusando del decreto-ley en situaciones complejas, lo que debilita el principio de legalidad.
    • Controversia Política: A menudo, la laxitud es un término político utilizado para reprochar al gobierno la falta de control o la implementación de normas consideradas débiles.
    • Percepción de Impunidad: Se genera cuando los funcionarios públicos o particulares no son sancionados con rigor a pesar de cometer irregularidades.
    • Casos Concretos:
      • Ámbito Político: Se ha señalado la aparente desconexión de la clase política al interpretar normas de manera que les favorezcan, creando una percepción de que las leyes no aplican para ellos.
      • Seguridad: Debates sobre la supuesta laxitud en las sanciones a menores, que a veces se confunde con la vulnerabilidad de los mismos.
      • Social/Moral: Críticas a la flexibilidad en el cumplimiento de normas sociales o religiosas (ej. uso del hiyab en Irán) o la percepción de «laxitud moral».

    En resumen, la laxitud de las leyes implica una desconexión entre la norma escrita y su cumplimiento real, debilitando la institucionalidad.

    Estamos viendo todos los días en los informativos, prensa escrita, radios etc., a los delicuentes danzar a sus anchas en todos los sentidos y en todo tipo de delitos, sin que las fuerzas de Seguridad del Estado sean incapazes, a veces desbordadas por los aconteciomientos, el Poder Judicial tampoco hace nada por remediarlo, mas bien hace la vista gorda ej; como puede ser que un ciudadano se niegue a entregar su pasaporte y no pase nada y en otros casos infinitamente menores declaren prisión para el individuo, o los Jueces están con el regímen en el poder, o están comprados, seguro que de todo hay, solo hay que ver las posesiones que tienen algunos y sacar conclusiones.

    Dicho todo esto y viendo el camino que estamos tomando, CONSIDERO que SI debería implantarse la cadena perpetua para los delitos mas graves » terrorismo, narcotrafíco, pedrastras reincidentes, Ejemplos de delitos graves en el Código Penal

    Ahora que ya sabemos cuáles son los delitos graves, veamos algunos ejemplos de delitos de este tipo contemplados en el Código Penal:

    • Todos los delitos de homicidio doloso son delitos graves (artículos 138, 139 y 140 del Código Penal), ya que la pena establecida para estos delitos supera siempre los 5 años de prisión (mínimo 10 años, homicidio del artículo 138) e incluso se prevé la prisión permanente revisable en algunos casos (circunstancias del artículo 140). Además, si el autor y la víctima tienen algún hijo o hija en común, se impondrá la privación de la patria potestad del mismo (artículo 140 bis).
    • El delito de declaración ilegal de guerra o firma de la paz del artículo 588 también es un delito grave, ya que se prevé una pena de prisión de 15 a 20 años para el mismo.
    • El delito de homicidio del Rey o la Reina o el Príncipe o la Princesa de Asturias del artículo 485 también es un delito grave, puesto que se sanciona también con prisión permanente revisable.
    • El delito de agresión sexual (artículo 179 del Código Penal), siendo el tipo especial, siendo la previsión de la pena de 4 a 12 años de prisión.
    • El delito fiscal (artículo 305 bis del Código Penal), en su modalidad agravada, al ser requisito el defraudar más de 600.000 euros o perteneciendo a una organización o grupo criminal o utilización de personas físicas o jurídicas como intermediarios, previendo una pena de prisión de 2 a 6 años. Ejemplos de Delitos Graves:
      • Homicidio y asesinato.
      • Violación y agresiones sexuales graves.
      • Tráfico de drogas a gran escala.
      • Robo con fuerza o violencia.
      • Lesiones muy graves.

    Los delitos graves implican juicios ante la Audiencia Provincial, plazos de prescripción largos y generan antecedentes penales que tardan entre 10 y 20 años en cancelarse. Hay lo DEJO.

    Francisco Javier Gutiérrez Egea respondido hace 3 semanas, 1 día 2 Miembros · 1 Responder
  • 1 Responder
  • Francisco Javier Gutiérrez Egea

    Francisco Javier Gutiérrez Egea

    Miembro
    25 de marzo de 2026 a las 20:20

    Estoy de acuerdo en que el derecho Penal español es bastante pusilánime y no responde con eficacia a la principal finalidad de la pena, la retributiva, es decir, pagar con responsabilidad personal de privación de libertad, o la que fuere, el daño provocado. Es la sustitución del estado en la venganza del ofendido, lo que sin duda, es el principio primero de la civilización.

    Existe una tendencia muy acusada, fruto de un buenismo mal entendido, de entender que la finalidad principal de la pena es la rehabilitadora. No estoy de acuerdo. Sin despreciar esa finalidad, que es sin duda muy importante, antes está la retributiva ya comentada y la no menos importante, la disuasoria.

    A ello hay que unir una política penitenciaria que permite incluso excarcelar a los peores asesinos que han puesto en jaque la seguridad del propio estado durante décadas.

    Resulta evidente que hay que ponerle remedio.

    El aumento de las condenas privativas de libertad es una necesidad ineludible, precisamente para dar satisfacción a las finalidades retributivas y disuasorias de las penas.

    En cuanto a la finalidad rehabilitadora, yo propondría, como solución alternativa que colaborase en esa rehabilitación, un servicio militar voluntario para los condenados, con las restricciones de libertad que se entiendan necesarias, a cambio de beneficios penitenciarios. Ello contribuiría a su rehabilitación, sin despreciar el despeje de los centros penitenciarios bastante atosigados y la formación de unidades militares que podrían ser útiles a la defensa.

    Felicito la exposición del compañero José Luis Encendido, documentada y esclarecedora.

    Un saludo.

    ¡Avante!

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